Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fecha 17 y 27 de junio de 2011, por la ciudadana Giulietta Mazzarella, en su carácter de representante de la demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Cuadragésimo Primero (41°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 17 de junio de 2011, con motivo del juicio que por Accidente Laboral, Bono de Alimentación, Daño Moral y Lucro Cesante incoaran el ciudadano HECTOR GARCIA ARIAS , en contra de la sociedad mercantil AMBIENTE SERVICIOS Y ASEOS ASEAS C. A. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada del presente r.....