Se dictó resolución mediante la se entiende renunciado el derecho a retasa ejercido por la parte intimada de autos, conforme a los lineamientos explanados en el fallo. Se declaró firme el monto de los honorarios demandados por las ciudadanas Roraima Angélica Best Rodríguez y Raiza Milagros Castro García, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 25.661 y 26.319, respectivamente, en la suma de Cuatro Millones Trescientos Noventa y Dos Mil Bolivares (Bs. 4.392.000,00).