Por virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Duodécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 769, 770, 771 y 772 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento , presentada por el ciudadano JUAN CARLOS LA CRUZ GONZALEZ, expedida en fecha 06 de abril del año 1967, anotada bajo el Nº 179, Folio VTO. 109, emitida ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Catedral, Departamento Libertador del Distrito Federal hoy día Municipio Libertador del Distrito Capital, en consecuencia, donde dice y se lee: "ELSA GONZALEZ DE LA CRUZ" " debe decir y leerse: "EVA ELSA GONZALEZ DE LA CRUZ", que es lo correcto, quedando as.....