Este Tribunal de conformidad con el Art. 937 del Código de Procedimiento Civil DECLARA UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS al ciudadano NERY RAUL AREVALO REQUINIVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-15.368.220, y a las niñas XXX, de cuatro (4) y dos (2) años de edad, respectivamente, de la ciudadana ANGELA CARLA MOTTOLA POLITO, quien era titular de la cédula de identidad No. V-9.963.451, quien falleció en fecha 05 de diciembre de 2007; quedándose en todo caso a salvo los derechos de terceros.