este Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, siendo el órgano judicial competente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA, en todas y cada una de sus partes, quedando entonces establecido el acuerdo en los siguientes términos: PRIMERO: El padre se compromete a sufragar por concepto de Obligación de Manutención la cantidad de CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs.400,00) mensuales. SEGUNDO: Ambos padres se comprometieron a cancelar los montos que correspondan por concepto de: cuidado diario, colegio, médico, medicamentos, útiles, uniformes, vestido, calzado, transporte, estrenos y juguetes etc, es decir que cada uno de los padres, cancelará el cincuenta por ciento 50% del monto que ascienda dichos gastos. Siendo convenido por los mencionados ciudadanos, y en consecuencia le imparte su .....