Este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena la Rectificación del Acta de Matrimonio inserta bajo el Acta Nº 77, Folio 77, Tomo 1, de los Libros de Matrimonio de fecha 01 de junio de 1991, que reposan en el Libro de Matrimonios en la oficina de Registro Civil de la Parroquia El Cafetal del Municipio Baruta, así como el llevado por el Registro Principal del Distrito Capital, consignada al efecto. En consecuencia, donde dice: “MUNICIPIO SOTILLO DEL ESTADO ANZOÁTEGUI”, debe decir: “EN LA CIUDAD DE PUERTO LA CRUZ, ESTADO ANZOÁTEGUI”, quedando así rectificada el ACTA DE MATRIMONIO antes señalada.
En tal virtud, remítase copia certificada de la solicitud y de la presente decisión mediante oficio tanto al Registrador Principal del Distrito Capital, así como a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Cafetal, Municipio Baruta del Estado Miranda, para dar cumplimiento a lo establecido en .....