Este TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley ha decidido: PRIMERO: DECRETAR MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre el inmueble constituido por un (1) apartamento distinguido con el numero 2, situado en el primer piso del edificio denominado "Residencias Sanora" ubicado en la calle la California, Urbanización las Mercedes Municipio Baruta, el cual tiene como área de construcción de aproximadamente Ciento Treinta y Nueve Metros Cuadrados siguientes: NORTE: un una longitud de veinte y un metros (21mts), con la calle la California, SUR: en una longitud de veinte y un metros (21mts) con la parcela Nº 415 de la Urbanización " Las Mercedes", ESTE: en una longitud de treinta y siete metros con noventa centímetros (37,90 mts) con la parcela No. 411 de la Urbanización, y OESTE: en una longitud de trei.....