Visto el escrito de fecha 19/01/10, presentada por el Fiscal Nonagésimo Quinto (95°) del Ministerio Público FREDDY JOSÉ LUCENA RUÍZ, a petición de la ciudadana ANNA KARINA ÁLVAREZ D´VIVO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 10.334.948, a favor de su hijo el niño , de nueve (09) años de edad, mediante la cual solicitó le sea otorgado permiso para tramitar el pasaporte del niño, en tal virtud este Tribunal acuerda conforme a lo solicitado, en consecuencia de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 22 ejusdem, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana ANNA KARINA ÁLVAREZ D´VIVO, antes identificada, para que realice todas las diligencias necesaria por ante el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), a los fines de obtener el Pasaporte del niño Expídase por secretaría copia certificada de.....