DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: RATIFICA la medida cautelar acordada en fecha 13 de agosto de 2007, por este Juzgado, y en consecuencia se suspenden los efectos del acto impugnado dictado por el Director Ejecutivo de la Magistratura, plenamente identificado, mientras se dicte la sentencia definitiva en el presente juicio. Así, mismo, se ORDENA a las autoridades de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, así como a cualquier autoridad del Poder Judicial y en especial a los Funcionarios y al Director Administrativo de la Dirección Administrativa Regional del Estado Mérida, lugar de adscripción de la querellante, procedan de forma inmediata a la reincorporación efectiva de la querellante en su cargo de ANALISTA III, o a otro de igual jerarquía y remuneración en la División de Servicios Administrat.....