Por todas las consideraciones expuestas, este Juzgado Sexto Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara como punto ÚNICO: Competente al Juzgado Vigésimo Cuarto (24º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para decidir la presente demanda por Cobro de Prestaciones Sociales incoada por el ciudadano JOSE VLADIMIR GONZALEZ RODRIGUEZ contra la EMBAJADA DEL ESTADO DE QATAR, con sede en la ciudad de Caracas, Venezuela.