Visto escrito transaccional de fecha primero (1º) de marzo de 2012, presentada por los ciudadanos: por la parte Actora NECCY JOSEFINA ROMERO DE ASCANIO, cédula de identidad NºV-5.420.861, su apoderada judicial, abogada YAMMINE SALOMÓN, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N°139.970, acreditación que consta en autos; y por la parte Demandada LA CASA DEL SOFA-CAMA C.A., DECORACIONES POL-SOFS C.A., CARLOS ARMANDO GÓMEZ DUQUE y CARMEN IMELDA LÓPEZ DE GÓMEZ, su apoderado judicial, abogado DENNIS LINARES, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº101.444, acreditación que consta en autos; este Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Mediación, le imparte la HOMOLOGACION a dicho acuerdo; cuyo monto fue por Bs.F.90.000,00; de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágraf.....