DISPOSITIVO
Este tribunal, visto y revisados los términos bajo los cuales las partes suscribieron el denominado "acuerdo transaccional", en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: se Abstiene de Homologar el acuerdo denominado Transacción, suscrito entre la empresa Oferente, la sociedad mercantil, "SANOFI AVENTIS DE VENEZUELA, S.A.". Antes identificada y el ciudadao, Oferido, Carlos Scott, ya identificado; en el presente procedimiento de Oferta Real de Pago. Segundo. Se deja expresa constancia, a todos los fines legales pertinentes, del pago efectuado por la sociedad mercantil, "SANOFI AVENTIS DE VENEZUELA, S.A."; en favor del ciudadano, Carlos Scott, ya identificado, quien estando debidamente representada de abogado, aceptó y recibió la suma de Bolívares ochocientos veintisiete mil treinta y tres con cuarenta y cuatro céntimos (Bs.827.033,44) mediante cheque número: 07823950, librado contra la cuenta .....