Con fuerza en los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en sede constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en la ACCIÓN DE AMPARO incoada por NULFA JOSEFINA SALAZAR HERNÁNDEZ, contra el JUZGADO DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METREPOLITANA DE CARACAS, por ACCIÓN DE AMPARO, identificados al inicio de esta decisión, SE DECLARA INCOMPETENTE en razón de la materia para conocer del presente asunto y como consecuencia de ello, DECLINA LA COMPETENCIA del presente asunto al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, al cual corresponda por distribución, a fin que conozca del mismo.