En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de divorcio incoada por los ciudadanos MARCO YANES GUILLEN y ASLYT CAROLINA PERDOMO HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad números V-17.453.674 y V-20.032.691, respectivamente, y en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que unía a los citados ciudadanos, contraído en fecha 4 de agosto de 2016, ante la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Santa Teresa, Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, según consta en Acta Nº 64, correspondiente al año 2016.
Regístrese, publíquese y Déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en la ciudad de Caracas, a los nueve (09) días del mes de octubre de dos mil dieciocho (2018). Años: 208° .....