DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, esta Sala Ocho de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la abogado Gloria Janeth Stifano Mota, en su condición de Defensora del imputado Maxxel Charrabe Rodríguez, en contra de la decisión dictada por el Juez Séptimo de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 23 de noviembre del 2006, mediante la cual acordó medida privativa judicial preventiva de libertad en contra de su defendido.
Queda confirmada la decisión recurrida.
Publíquese, regístrese, diarícese, notifíquese a las partes y remítase el expediente al Tribunal de origen.