En virtud de las consideraciones anteriormente expresadas, este Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte su HOMOLOGACION a la partición de los bienes comunes, efectuada por los ciudadanos FERNANDO CORREIA DE JESUS y RITA MARIA HENRIQUES GONCALVES.