IV. DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones expuesta, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, en Sede Constitucional, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede Constitucional, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente acción de Amparo Constitucional interpuesto por los ciudadanos GLADYS BALI DE FINOL y ZADUR ELIAS BALI ASAPCHI , Venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº 3.155.499 y Nº 3.147.319, respectivamente, representados por la abogada YULIANNYS ARRAIZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 24.317.002, e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 286.971, respectivamente, en contra de los autos dictados en fecha 04 y 09 de Octubre de 2018, por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en l.....