el Tribunal por cuanto la demanda no es contraria al orden público, a las buenas costumbres, o alguna disposición expresa de la Ley, la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 640 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se ordena la Intimación de la parte demandada la sociedad mercantil MATERNO INFANTIL, C.A. (MATINCA), inscrita en el Registro de Información Fiscal (R.I.F.), bajo el No. J00059876-2, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 06 de agosto de 1968, bajo el No. 75, Tomo 47-A, reformado su documento constitutivo-estatutos mediante Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionista de fecha 20 de julio de 2006, registrada bajo el No. 65 Tomo 237-A-Sdo, en la persona de su Representante Legal, ciudadano LUIS MIGUEL GUERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-6.911.145, a fin de que comparezca por ant.....