Con base a las consideraciones anteriores, este Juzgado Cuadragésimo Quinto (45º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA ACCIÓN INTENTADA por la ciudadana VICTORIA MAGALY LOPEZ DE RODRIGUEZ , venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de identidad Nº V-10.487.894., contra la empresa PANADERIA, PASTELERIA Y CHARCUTERIA MAZAPN I, CA ", por concepto de cobro de prestaciones sociales, condenándose a la demandada a cancelar la cantidad de CUATRO MIL CUATRO CIENTO CINCUENTA Y SIETE BOLIVARES CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs. 4.457,50 ) mas lo que resulte por el concepto de intereses sobre prestaciones sociales, mora e indexación judicial o corrección monetaria, para lo cual se ordena realizar una experticia complementaria del fallo de co.....