En cuanto al alegato de la parte demandada, que el inmueble identificado con el Nº 12-03, ubicado en la Calle La Amargura, Paseo Independencia, del sitio Arqueológico Turístico El Calvario, Parroquia Catedral, Municipio Libertador del distrito Capital, es un bien declarado de interés cultural para el Municipio, y que por ello amerita la autorización expresa del ciudadano Alcalde Dr. JORGE RODRIGUEZ GOMEZ, tal como lo prevé la Providencia Administrativa Nº 91.509, de fecha 25 de Agosto de 2.009, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.272 del 25 de Septiembre de 2.009, emanada del Poder Popular para la Cultura, Instituto de Patrimonio Cultural, este Tribunal observa: Ambas partes trajeron a los autos, las Gacetas Municipales y oficiales a que se refieren en sus respectivos escritos. Ahora bien, de una revisión exhaustiva realizada a las actas que conforman el presente expediente, se desprende: que el inmueble señalado tanto en el libelo de la d.....