DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre el inmueble que a continuación se determina:
"Un apartamento destinado a vivienda distinguido con el número sesenta y seis (Nº 66), ubicado en la planta tipo seis (6) del edificio denominado Residencias Ávila Caribe, situado con frente a la avenida Circunvalación de la urbanización Caribe, Parroquia Caraballeda, Municipio Vargas del Estado Vargas. Dicho inmueble tiene una superficie aproximada de setenta u cuatro metros cuadrados con setenta y cinco centímetros cuadrados (74.75 mts2.) y, se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: por el Norte, con la fachada Norte del edificio; por el Sur, con la fachada Sur del edificio; por el Este, con la fachada Este del edificio y; por el Oeste, con la fachada Oeste del edificio, pasillo de circulación y apartamento 65. Le corresponde un porcentaje de una unidad con seis mil seiscientos sesenta y seis diez milésimas por ciento (1.6666%), sobre las cosas comunes y las carga.....