Visto escrito de transacción de fecha nueve (09) de octubre de 2013, presentada por los ciudadanos: por la parte Actora YESSENIA DEL VALLE RAMOS HERNÁNDEZ, cédula de identidad NºV-14.096.790, su apoderado judicial abogado: GERMÁN GARCÍA FLORES, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°74.648, acreditación que consta en autos; y por la parte Demandada RUBICÓN MOTORS C.A., comparece su apoderado judicial, abogado DAVID CASTRO ARRIETA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº25.060, acreditación que consta en autos; quienes de acuerdo a la revisión de las actas procesales, poseen facultad expresa para transigir tal como se desprende de los instrumentos de poder que cursan en el expediente; este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Mediación, le imparte la HOMOLOGACION a dicho acuerdo, cuyo monto total fue por BOLÍVARES FUERTES SETENTA MIL SIN CÉNTIMOS .....