Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando como tribunal de alzada constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 12 de junio de 2019 por el abogado VICTOR ALEJANDRO RODRIGUEZ FERNANDEZ, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil OPERADORA BODEGÒN MT C.A., parte presuntamente agraviada, contra la sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva dictada en fecha 03 de junio de 2019 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y en consecuencia, queda así CONFIRMADA la sentencia recurrida. SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional incoada por la sociedad mercantil OPERADORA BODEGON MT.....