En fuerza de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior del Circuito Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación incoada por la parte presunta agraviante, contra la decisión dictada en fecha 18 de octubre de 2021, que fuere objeto de aclaratoria en fecha 25 de octubre de 2021, y el texto íntegro de la primera también publicado en fecha 25 de octubre de 2021, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual se REVOCA. Así se establece. SEGUNDO: SIN LUGAR la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano CESAR AUGUSTO SALAS ABREU, actuando en su propio nombre y en representación de la sociedad mercantil MEGALICOR PRADOS DEL ESTE, C.A., contra la Preside.....