siendo las Diez y Cuarenta y cinco minutos de la mañana, se traslado y se constituyo este Juzgado, en compañía de los apoderados judiciales de la parte actora, Abogados Vladimir Falcón y Gonzalo Salima, a la dirección: Calle B, Edificio Curruñata, Piso 1, Apartamento Nro. C-1-2, Torre C, Urbanización Lomas de la Alameda, Municipio Baruta, Estado Miranda, a fin de practicar la medida de EMBARGO PREVENTIVO .- Una vez en la planta baja de la torre el Tribunal es atendido por Ricardo José Pérez Rodríguez C.I. Nro. 6.175.202, a quien se le impuso de la misión, ser jefe del grupo de vigilancia del Edificio Curruñata, manifestando que los ciudadanos Horaica y Delgado habitan en el Apartamento identificado con el Nro. C-1-2, dando así acceso al Tribunal al inmueble.- Acto seguidoen el apartamento antes identificado, el Tribunal procede a dar los toques de ley siendo atendido por Carolina Cecilia Rodríguez Delgado, C.I. 17.308.487, a quien se impuso de la misión, ser sobrina de los demandados.....