IV.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha 21 de Marzo de 2019, (f. 31) por la abogada INDIRA AMARISTA MERCEDES AGULAR, contra la decisión dictada en fecha 20 de Marzo de 2019 (f.24-27) por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró: "...INADMISIBLE la solicitud de medidas cautelares típicas presentada de manera autónoma por la ciudadana JEIMMY PEREIRA DUBOIS...".-
SEGUNDO: INADMISIBLE la solicitud de medidas cautelares típicas presentada de manera autónoma por la ciudadana JEIMMY PEREIRA DUBOIS.-
TERCERO: Se confirma, la decisión de fecha 20.03.2019.....