Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Superior Primero de del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Consumada la PERENCIÓN y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en la demanda de nulidad interpuesta por el abogado, RAFAEL PERAZA DURAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 9.298, en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil, SERVICIOS PERSONAL LA ARENISCA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 29 de septiembre de 2003, bajo el número 66, tomo 138-A Sgdo., reformada según Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de fecha 30 de julio de 2008, inscrita ante la misma Oficina de Registro en fecha 28 de octubre de 2008, bajo el número 4, tomo 213-A Sgdo., contra la certificación Nº 020.....