En base a las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA donde aparece como imputado el ciudadano CARLOS ROBERTO MATOS, quien es de nacionalidad venezolana, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.326.653, natural de Caracas, de 33 años de edad, nacido el 21.11.73, de estado civil soltero, desempleado, hijo de Disidora Matos (f) y Roberto Donaide (f), residenciado en parte alta de San José, Sector la Cruz, casa S/N de tablas, Petare, asistido por la defensa pública penal 36º del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo previsto en el numeral 4 del artículo 318 del Código orgánico Procesal Penal vigente.
Regístrese, diarícese, déjese copia de la presente decisión, notifíquese, líbrese el correspondiente oficio al Archivo Judicial de este Circuito Judicial Penal en.....