DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción intentada por la ciudadana ELIZABETH SOUSA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de las Cédula de Identidad No. V- 11.034.575 contra la empresa INFORMATICA Y TELECOMUNICACIONES INTEGRADAS INTELIGEN, S.A., Sociedad Mercantil de este domicilio, inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 07 de julio de 1987, bajo el No. 25, Tomo 9-A-SGDO, SEGUNDO: Se condena a la empresa demandada INFORMATICA Y TELECOMUNICACIONES INTEGRADAS INTELIGEN, S.A, a cancelar los conceptos y cantidades que arroje la experticia complementaria del fallo ordenada a realizar a cargo de un único experto cuyos gastos será sufragados por las partes en igualdad de condiciones, en los términos expuestos en la parte motiva del presente fallo, previa deducción de la cantidad señalada en la parte motiva de la presente decisión; TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la na.....