Declara: PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la demanda contencioso administrativa de nulidad, incoada por la empresa MUDANZAS INTERNACIONALES GLOBAL, C. A., contra la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA, DE FECHA 17 DE MAYO DE 2012, EMANADA DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN EL ESTE DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, CONTENIDA EN EL EXPEDIENTE Nº 027-2012-01-02072. SEGUNDO: Se ordena la notificación de la parte recurrente de la presente decisión. TERCERO: No hay condenatoria en costas.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE:
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas a los veinticuatro (24) días del mes de abril de 2019. Años: 208º y 160º.
LA JUEZ
BELKIS G. COTTONI DIEPPA
LA SECRETARIA,
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