Por todas las consideraciones, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Sin lugar el recurso de apelación ejercido por la parte demandada contra la sentencia publicada por el Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 22 de junio de 2007. Segundo: Sin lugar la defensa de prescripción opuesta por la demandada. Tercero: Con lugar la demanda incoada por el ciudadano Juan Antonio Reyes Bernardas, contra la empresa Autoambar C.A., y se condena a esta última a cancelar al demandante, las cantidades que señaladas en la parte motiva de esta decisión, más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo ordenada. Cuarto: Se modifica la sentencia recurrida. Cuarto: Dada la naturaleza del fallo, no hay cond.....