Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Vigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A, formulada por los ciudadanos MIRELLA DEL VALLE GONZALEZ DE PEÑA y RUBEN SIMON PEÑA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.505.326 y V-3.628.002, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vinculo matrimonial por ambos contraído en fecha 21 de agosto del año 1984, por ante el Registro Civil de la Parroquia Macarao, Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 109 del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se acuerda notif.....