Ahora bien, conforme los parámetros establecidos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal para el otorgamiento de las Fórmulas Alternativas de Cumplimiento de Condena, el penado podrá acceder a éstas, según se indica a continuación:
DESTACAMENTO DE TRABAJO: Cuando cumpla una cuarta (1/4) parte de la pena impuesta, es decir, UN (1) AÑO, SIETE (7) MESES, VEINTIDÓS (22) DIAS Y DOCE (12) HORAS, que cumplirá en fecha 04/11/2008 a las 12:00 m.
RÉGIMEN ABIERTO: Cuando cumpla una tercera (1/3) parte de la pena impuesta, es decir, DOS (2) AÑOS, DOS (2) MESES Y DIEZ (10) DIAS, que cumplirá en fecha 23/05/2009.
LIBERTAD CONDICIONAL: Cuando cumpla las dos terceras (2/3) partes de la pena impuesta, es decir, CUATRO (4) AÑOS, CUATRO (4) MESES Y VEINTE (20) DIAS, que cumplirá en fecha 02/08/2011.
CONFINAMIENTO: Cuando cumpla las tres cuartas (3/4) partes de la pena impuesta, es decir, CUATRO (4) AÑOS, ONCE (11) MESES, SIETE (7) DIAS Y DOCE (12) HORAS, que cumplirá.....