Por recibida la manifestación de SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, formulada por los cónyuges Víctor Alfredo Ortega Coronel, venezolano, mayor de edad, de este domicilio titular de la cédula de identidad Nº 3.184.371, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro 8.494, actuando en su propio nombre y representación y la ciudadana Belinda Domínguez de Ortega, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número 3.172.140, debidamente asistida por la abogada Beatriz Domínguez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 9.343, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA la solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, en los mismos términos y condiciones por ellos expuestos, por no ser contraria al.....