Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se Homologa el Desistimiento planteado por las abogadas Laura Provenzano y Zeneika Guzmán, titulares de las cédulas de identidad N° 9.971.163 y 12.781.542, respectivamente, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N° 55.533 y 87.818, respectivamente, actuando en su carácter de apoderadas judiciales de la COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES –CONATEL- tal como consta de instrumento poder otorgado en fecha veintiséis (26) de agosto de 2003, ante la Notaría Pública Décima Novena del Municipio Libertador del Estado Miranda, bajo el N° 65, Tomo 43, de los Libros llevados por ante esa Notaría, interpusieron demanda de ejecución de créditos fiscales contra la empresa MULTIPHONE DE VENEZUELA, C.A., R.I.F. N° J-30689329-6, la cual se encuentra domiciliada en Caracas, conforme lo establecido en los artículos 289 al 295 del Código Orgán.....