De acuerdo a lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DECIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara : LA INCOMPETENCIA DEL JUEZ PARA CONOCER DE LA PRESENTE CAUSA, en razón de la materia, que por motivo de Amparo Constitucional seguido por la ciudadana DAILY ANGELA RALPE TOMALA venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular del cédula de identidad N° 22.522.803., en contra de la ADMINISTRADORA GUKO, C.A., se remite el presente expediente a los Tribunales de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Área Metropolitana de Caracas