partes han llegado al siguiente acuerdo: La parte Demandada ASOCIACIÓN DE MUJERES POR EL BIENESTAR Y ASISTENCIA RECÍPROCA (AMBAR), a través de su representante estatutario y apoderado judicial HUMBERTO VECCHIONE, abogado, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°15.383, ofrece en este acto cancelar a la parte Actora LUIS TORRES, cédula de identidad N°6.894.012, la cantidad de DIEZ Y SIETE MILLONES DE BOLÍVARES (Bs.17.000.000,00), discriminados de la siguiente manera: mediante un equipo de computación, el cual ya se encuentra en posesión de la parte Actora y el cual es propiedad de la parte Demandada, valorado en Bs.1.500.000,00; la parte Actora reconoce que se le otorgó en anticipo de prestaciones sociales, equivalente a Bs.3.500.000,00 y finalmente el monto de Bs.12.000.000,00, mediante cheque, a nombre del ciudadano LUIS TORRES, cédula de identidad N°6.894.012, a cuyos efectos la copia del instrumento valor, mediante el cual se dará cumplimiento a la obligación, la consignarán las parte.....