V
DECISIÓN
Por las razones precedentes, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, en Sede Constitucional ADMITE la presente Acción de Amparo Constitucional incoada por la ciudadana MARÍA JOSEFINA MACHUCA, venezolana, mayor de edad, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 52.036, actuando en su carácter de apoderada judicial especial de las personas naturales y/o jurídicas que señala a continuación David salvador Escalante Mailath, Rusvel Felipe Gutierrez, Víctor Manuel Domínguez Estévez, Ramón Antonio Gómez Guerra, ángel Calazan Colina Rada, Víctor Guillermo Sped López, Julian Antonio Lucena Montilla, Jesús Enrique Rodríguez Olivares, Eduardo José Alvaro Munos, Representaciones Aduanar S.R.L., Representaciones Guerire S.R.L., Falman C.A., Aduanera J & J S.R.L., Representaciones Pereira C.A., Universo Export (UNINPEX), Fletaca Fletes y Aduanas C.A., Aduanera .....