Decisiones del dia 30/04/2008
N° Expediente :
05064
N° Sentencia :
Fecha: 30/04/2008
Procedimiento: Recurso De Nulidad
Partes: EL RANCHON TEQUEÑO, C.A. VS. PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 678-2005, DE FECHA 16 DE JUNIO DE 2005, EMANADO DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN EL MUNICIPIO GUAICAIPURO DEL ESTADO MIRANDA
Resumen:
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad, interpuesto por el abogado JOSÉ VALERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 58.328, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil EL RANCHON TEQUEÑO, C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 09 de julio de 1.987, bajo el Nº 26, Tomo 14-A Primero, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 678-2005, de fecha 16 de junio de 2005, emanado de la Inspectoría del Trabajo en el Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda.
Juez/Ponente:
Alejandro José Gómez Mercado
Organo:
Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo.
N° Expediente :
5636
N° Sentencia :
Fecha: 30/04/2008
Procedimiento: Recurso De Nulidad
Partes: INTEGRAL DE MERCADOS Y ALMACENES CONTRA LA INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL DISTRITO CAPITAL
Resumen:
Ahora bien, de las actas que conforman el presente expediente, se evidencia que la última actuación en el expediente se realizó en fecha 14 de febrero de 2007, y de acuerdo a lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, el cual es del tenor siguiente:
"...Toda instancia se extingue por el transcurso de un año, sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del juez después de vista la causa, no producirá perención...".
La doctrina y la jurisprudencia han calificado a la perención como abandono de trámite que extingue la relación procesal por inactividad de las partes, que igualmente supone el abandono de la instancia.
El Tribunal observa que desde la fecha de la última actuación cumplida hasta la fecha del presente auto, ha transcurrido un lapso superior a un (1) año, sin que se hubiera realizado actuación alguna que tienda a la prosecución del proceso, por lo que a tenor de lo establecido en el artículo 267 del Código de.....
Juez/Ponente:
Edgar José Moya Millán
Organo:
Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo.
N° Expediente :
5228
N° Sentencia :
Fecha: 30/04/2008
Procedimiento: Recurso De Nulidad
Partes: GONZALEZ GONZALEZ RAFAEL DAVID Y GUERRA TORRES DAVID GONZALEZ CONTRA LA INSPECTORIA DEL TRABAJO EN LOS VALLES DEL TUY
Resumen:
DECISIÓN
Por la motivación que antecede, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por los ciudadanos RAFAEL DAVID GONZALEZ GONZALEZ Y RUBEN DARIO GUERRA TORRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 14.967.795 y V-7.258.867, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado MARIO ARAUJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-1.667.034, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 63.918, contra la Providencia Administrativa Nº 0237, de fecha 22 de julio de 2003, emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO EN LOS VALLES DEL TUY. En consecuencia:
PRIMERO: Se declara la NULIDAD de la Providencia Administrativa Nº 0237, de fecha 22 de julio de 2003, emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO EN LOS VALLE.....
Juez/Ponente:
Edgar José Moya Millán
Organo:
Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo.