IV
DECISIÓN
Por las consideraciones que anteceden, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Niega la solicitud efectuada por la parte recurrente, en relación al cambio de centro de reclusión, toda vez que el Estado Venezolano, garantiza los derechos a la vida, justicia expedita, integridad física y salud de los privados de libertad, conforme a lo establecido en los articulo 26, 44 y 49 de nuestra carta magna, pudiendo la defensa solicitar de nuevo el cambio de centro de reclusión ante el tribunal a quo si así lo considera.
SEGUNDO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho JUAN DE JESÚS VELIZ, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano ANDRES DIAZ DELGADO, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Sexto (6°).....