DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, ESTA SALA 1 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: DECLARA SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el ciudadano ABG. PABLO SEIJAS, Defensor Público Septuagésimo Sexto (76°) Con Competencia Para Actuar Ante Los Tribunales de Primera Instancia en Funciones de Control del Área Metropolitana de Caracas, en representación del ciudadano VIERNE YAMPIER BETANCOURT PERALES, en contra de la decisión dictada en fecha 25 de Junio de 2015, por el Juzgado Sexto (6°) de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en Audiencia de Presentación mediante la cual decide entre otras cosas, la medida judicial preventiva de libertad, de conformidad con lo establecido en el articulo 236 ordinales 1, 2 y 3 en relaci.....