DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO ADMITE conforme al artículo 439 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, recurso de apelación interpuesto por el ABG. ENRIQUE JOSÉ ANTUNEZ, Defensor Publico Vigésimo Octavo (28º) Penal del Área Metropolitana de Caracas, del ciudadano CARDOZO TERAN LUIS ORLANDO, en contra de la decisión de fecha 29 de diciembre de 2013, dictada por el Juzgado Cuadragésimo Quinto (45º) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decreto la privación judicial preventiva de libertad sobre el ciudadano antes mencionado, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto en el artículo 5 con las agravantes .....