DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta SALA Nº DOS (2) DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado MIGUEL JESÚS SALAZAR OSECHAS, Defensor Público Trigésimo Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su condición de Defensor del ciudadano EFRAIN ANTONIO ESPINOZA AGREDA, contra la decisión dictada en fecha 07-05-2012, por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, donde se decretó la Medida Judicial Privativa Preventiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 numerales 1, 2 y 3, en concordancia con el artículo 251 numeral 3 y artículo 252 numeral 2, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: ADMITE el escrito de cont.....