Con fuerza a todo la antes expuesto esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR, el RECURSO DE APELACION ejercido de conformidad con lo establecido en el artículo 447 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, por la abogada MARLEN PARRA MACHADO, Defensora Pública Septuagésima Primera (71°) Penal del Área Metropolitana de Caracas, defensora de los ciudadanos: NELSON EFRAIN AYALA Y NEIL DARY MARTINEZ PATERNINA, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Trigésimo Séptimo (37º) de Primera Instancia en funciones de Control de este mismo Circuito Judicial Penal, de fecha 12 de junio de 2012, mediante la cual decretó a los ciudadanos antes mencionados, Medida Privativa Preventiva Judicial de Libertad, por la presunta comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículos 458 del Có.....