DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, la Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto en fecha 08 de mayo de 2006, por los profesionales del derecho PAOLA ANDREA BETANCOURT, JESUS RAFAEL MUÑOZ MATUTE y LUIS FELIPE MAITA, en sus condiciones de defensores del ciudadano JAIME SAAVEDRA, en contra de la decisión dictada el 20 de abril de 2006, por la Dra. CARMEN AMELIA CHACIN MATERAN, Juez Vigésima Octava de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual negó la reposición de la causa al estado de archivar el expediente, fundamentando su apelación de conformidad con lo establecido en el artículo 447.5 del Código Orgánico Procesal Penal, todo.....