DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ABG. LUIS ALBERTO RODRÍGUEZ, en su carácter de defensor del penado RODRIGUEZ RAMIREZ FELIPE ORLANDO, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Séptimo (7°) de Primera Instancia en funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, de fecha 12 de junio de 2012, mediante la cual negó al referido penado, la medida de libertad condicional, establecida en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese, diarícese, notifíquese.
LA JUEZ PRESIDENTA
(PONENTE)
DRA. MERLY MORALES
LA JUEZ INTEGRANTE LA JUEZ INTEGRANTE (S).....