En razón de lo expuesto, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos:
Primero: ADMITE el recurso de apelación interpuesto el 24 de enero de 2008, por el abogado Aureliano Berrotaran Brea, en su condición de defensor privado de la imputada Gretna Mairuma Alvarado Briceño, quien recurrió conforme lo dispuesto en el artículo 447.4 del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión dictada el 19 de enero del corriente y fundamentada en esa misma fecha, por el Juzgado Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad a la referida ciudadana, conforme lo preceptuado en los artículos 250.1.2.3, 251.2.3 y parágrafo primero y 252.2 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de Distribución de Sustancias Es.....