En base a las anteriores observaciones, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley declara:
Admite el escrito contentivo de la inhibición planteado por el funcionario ALI JOSE FABRICIO PAREDES, en su carácter de Juez Vigésimo Sexto (26º) de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, para apartarse del conocimiento de la causa Nº 26-J-491-10- (nomenclatura del Tribunal de Juicio), donde figuran como acusado el ciudadano SALCEDO VIVAS JOSE PALMIDO,, fundamentada en el artículo 86.4 del Código Orgánico Procesal Penal.
En consecuencia, esta Sala acuerda resolver la inhibición planteada al día hábil siguiente de la presente admisión.