DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Dr. HORACIO MORALES LEÓN, Abogado en ejercicio de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 93.320, actuando con el carácter de Defensor del Acusado TOVAR PÉREZ YOEL LADISLAO, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.472.786, y se CONFIRMA la sentencia definitiva, cuyo texto íntegro fue publicado en fecha veintiséis (26) de Junio del presente año, modificando el tipo penal aplicable para este caso, quedando en DOCE (12) AÑOS Y CUATRO (4) MESES DE PRISIÓN, por encontrarlo responsable de la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL y LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto y sancionados en los artículos 405 y 417, en ese o.....