DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala No, 6 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos ABGS. BELKYS CEDEÑO OCARIZ y GILBERTO LANDAETA GORDON, en su condición de defensores privados de los ciudadanos ALEJANDRA DEL VALLE LOPEZ HERNANDEZ, GONZALEZ FLORES DEYANIRA, RANGEL CORONEL LIGIA COROMOTO, ALVARADO CERVANDO JOSE, URQUIOLA LUGO JHIMY ROBERTO, RANGEL JIMENEZ LUIS, CUMBERVACHE ORTIZ DAYALI, CHOPITE JUAN MANUEL, CARRILLO BRAVO CESAR EULOGIO, CARLOS JOSE ISTURIZ SUAREZ, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Cuadragésimo Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 21 de enero de 2009, mediante la cual impone a los ciudadanos ALEJANDRA DEL VALLE LOPEZ HERNANDEZ, GONZALEZ FLORES DEYAN.....